Retribuciones percibidas anualmente por el ejercicio de cargos públicos

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 8.1 f) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículo 26.1 e) de la Ley 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la actividad pública

En este apartado puede consultar las dedicaciones de los miembros de la Corporación, sus retribuciones, indemnizaciones y dietas por asistencia a órganos colegiados del Ayuntamiento de San Miguel de Aguayo.

Dedicación parcial:

  • Cargo de Alcalde realice sus funciones en régimen de dedicación parcial con una jornada de 30 horas semanales, equivalente al 75% de la jornada laboral.
  • Cargo de Teniente - Alcalde  realice sus funciones en régimen de dedicación parcial, con una jornada de 10 horas/ semanales, equivalente al 25% de la jornada laboral.

Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación parcial las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de Junio y Diciembre y darles de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

  • El cargo de Alcalde, percibirá una retribución bruta mensual de 2.489,15 € más dos pagas extraordinarias anuales. 
  • El cargo de Teniente-Alcalde percibirá una retribución bruta mensual de 1.244,62 €. 

Los miembros de la Corporación Municipal que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán por la asistencia a cada sesión que celebren los órganos colegiados municipales las siguientes cuantías:

  • Por asistencia a las sesiones del Ayuntamiento Pleno: 100,00 euros. 
  • Por asistencia a Comisiones Informativas, Mesas de Contratación, etc.: 60,00 euros. 

Los miembros de la Corporación Municipal percibirán por la asistencia a cada sesión que celebren los órganos colegiados de los que forme parte el Ayuntamiento las siguientes cuantías:

  • Por asistencia a órganos colegiados: 60,00 euros. 
  • Por asistencia al Consejo de Administración de la Sociedad Municipal: 100 euros. 

Estas indemnizaciones se aplicarán con carácter retroactivo desde el día de la toma de posesión de los señores concejales el día 17 de junio de 2023. 

Última actualización el martes, 10 de septiembre de 2024 a 13:37