ORIGINALES
En cumplimiento con lo dispuesto en:
- Artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Artículo 32.1a) de la Ley 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la actividad pública
Son normas municipales de obligatorio cumplimiento, su tipología puede ser tan amplia como la propia actividad local a través de ellas regulada. Se aprueban por el pleno del Ayuntamiento.
Ordenanzas Generales. Regulan las actividades de los ciudadanos y sus relaciones con la Administración Municipal.
- Reguladora del control de vertidos en aguas superficiales y subterráneas
- Reguladora municipal por la que se crean ficheros de carácter personal
- Reguladora de pastos
- Reguladora de permisos especiales para vehículos de minusválidos
- Reguladora del servicio de teleasistencia domiciliaria
- Reguladora del servicio de atención domiciliaria
- Reguladora de las prestaciones económicas de emergencia social
- Reguladora de la administración electrónica
Ordenanzas Fiscales. Normas que regulan los impuestos o tributos de carácter obligatorio; las tasas o precios públicos que gravan el uso de determinados servicios. Cada uno de ellos requiere de una ordenanza en la que se determinará que sujetos deben de pagar, el concepto del pago y las bases que sirven para calcular la cuantía del impuesto o tarifa del mismo. Materias: Reguladora de tributos, generales de gestión, recaudación e inspección, urbanísticas y de construcción.
1. Impuestos
- Impuesto de bienes inmuebles
- Impuesto sobre actividades económicas
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
2. Tasas
- Tasa por Utilización privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio público Local a favor de las Empresas Explotadoras de Servicios de Telefonía Móvil
- Tasa por Celebración de Matrimonios Civiles
- Tasa por Suministro de Agua Potable
- Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, subsuelo y vuelo sobre el dominio público local por parte de empresas operadoras del sector eléctrico, telecomunicaciones e hidrocarburos
- Tasa por utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local de las Instalaciones de Transporte y Distribución de Energía Eléctrica, Gas, Agua e Hidrocarburos
*Fuente de Información: Boletín Oficial de Cantabria (http://boc.cantabria.es/boces/)